Cualquiera que quiera reclamar el pago de un adeudo puede hacerlo por la vía legal. Pero también habrá quienes opten por la vía ilegal o extrajudicial. En este segundo caso están los despachos de cobranza que amenazan con embargar bienes o con cárcel.
Despachos de cobranza extrajudicial
El hostigamiento es un tipo de cobranza extrajudicial que puede ser reportado a las autoridades como una “mala práctica”, entre las que se cuentan:
- Amenazar, ofender o intimidar al deudor
Tampoco podrán dirigirse de esa manera con familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que esté relacionada con el deudor pero no tenga relación alguna con la deuda.
- Realizar gestiones de cobro a terceros
Esto incluye a las referencias y a los beneficiaros, con excepción de los deudores solidarios o avales que hayan firmado como tales.
- Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales
No deben presentarse como representantes de juzgados o como supuestas autoridades. Tampoco podrán amenazar con un supuesto embargo al presentarse en el domicilio, pues para que eso ocurra debe existir una orden judicial que debió seguir un procedimiento del cual el deudor debió ser notificado con anticipación para poder realizar la defensa correspondiente.
- Establecer registros especiales
Como listas negras o anuncios que hagan del conocimiento pública la situación del deudor.
- Recibir de manera directa el pago del deudor
Los despachos de cobranza son intermediarios entre la entidad financiera y los deudores. Su función implica requerir el pago de manera extrajudicial, que no significa de manera ilegal ni con amenazas. Extrajudicialmente significa que deberán solicitar el pago sin recurrir a un juicio ante las autoridades, es decir, buscar un acuerdo con el deudor para lograr el finiquito del crédito, ya sea negociando o reestructurando los préstamos y financiamientos.
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Lo que sí pueden hacer los despachos de cobranza
En el Registro de Despachos de Cobranza (REDECO), aparecen las empresas que sí están registradas como intermediarias entre los bancos y deudores. Estas son algunas cosas que sí pueden hacer o deben hacer:
- Deben identificarse plenamente
Al momento de tener el primer contacto con el deudor, deben presentarse e indicar cuál es el nombre o la razón social del despacho donde laboran, al igual que la información adicional para explicar por qué llaman, por ejemplo, la cuenta que se cobra y el monto adeudado.
- Dirigirse con total respeto al deudor
Los despachos de cobranza deben apegarse al código de ética al que están sujetos. Ahí se explica que todas sus operaciones deben ser respetuosas y amables.
- Realizar convenios por escrito
Cuando el ejecutivo de cobranza ofrece al deudor un acuerdo para finiquitar el acuerdo, esta negociación debe quedar asentada por escrito y frente a las autoridades correspondientes, tanto de la institución financiera o incluso del Buró de Crédito. En México, existe la posibilidad de contratar a una reparadora de crédito que podrá hacerse cargo de esas gestiones e incluso verificar que quede debidamente asentado que el deudor cumplió con su compromiso.
¿Cómo hacer para que me dejen de hablar los despachos de cobraza?
Las reparadoras de crédito se han ganado la confianza de cientos de deudores que encontraron en sus servicios de ahorro la posibilidad de salir de sus adeudos y comenzar a reconstruir su historial crediticio. De esta manera lograrás liquidar tus cuentas y los despachos de cobranza no te buscarán más.
La recomendación principal para aquellos que ya reciben llamadas de los despachos de cobranza es no dejarse intimidar. Conocer sus derechos como deudores y aceptar sus responsabilidades. Y en caso de recibir amenazas, denunciar. En ningún caso deberán perder la calma o sentirse angustiados por el hostigamiento. En todo caso, recurrir con los especialista en negociación de deudas, les permitirá recuperar la tranquilidad e aprender a manejar mejor sus finanzas personales para no caer nuevamente en una situación de falta de pago.